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El Caballo en el Real
Para la Feria de 2022 se permitirá el acceso, durante el horario del Paseo de Caballos y Enganches, a todos los carruajes acreditados y con licencia concedida independientemente de que tengan matrícula par o impar
Por motivos de seguridad peatonal y fluidez del movimiento de carruajes por el interior del Real de la Feria, se establece en 1400 el número máximo de vehículos de tracción animal de particulares que podrán acceder cada día al mencionado recinto durante el horario del paseo de caballos.
El horario oficial para el paseo de caballos y enganches para la Feria será entre las 12 y las 20:00 h.
El circuito para el paseo de caballos y enganches discurrirá por todas las calles del recinto ferial. La circulación por el circuito se realizará conforme a lo dispuesto en las normas de circulación vial, que serán establecidas cada anualidad por los Servicios Municipales.
Los carruajes acreditados y con licencia concedida, deberán llevar necesariamente incorporada la matrícula facilitada por los servicios municipales, que se acoplará al eje trasero del vehículo, en la posición más visible y durante todo el tiempo que pudieran ser utilizados durante los días de celebración del festejo, tanto dentro como fuera del recinto ferial.
Los caballistas y cocheros deberán portar en todo momento la tarjeta sanitaria equina y el recibo original o copia autenticada del seguro de responsabilidad civil .
Únicamente podrán acceder y permanecer en el Real de la Feria y sus inmediaciones los enganches que cuenten con la correspondiente matrícula y el documento acreditativo complementario, que podrá ser requerido por los servicios de vigilancia y control y los agentes que ejercen la autoridad. Se prohíbe portar publicidad de cualquier tipo en los carruajes o enganches.
Se prohíbe el acceso de caballos y enganches a los acerados y vías peatonales del recinto.
No se permitirá el acceso ni la estancia en el interior del Real de la Feria o inmediaciones del recinto ferial, de caballistas, cocheros, lacayos, ayudantes o propietarios de enganches, que no vayan con la vestimenta adecuada conforme a la montura que usen o tipo de enganche que guíen.
Los animales de tiro o montura, deberán de estar herrados con patines, o herraduras vídias, o de cualquier otro tipo de material antideslizante homologado y permanecer en el Real de la Feria en salud. Los inspectores veterinarios que estén desarrollando sus funciones en el recinto, denunciarán a la Autoridad competente el estado físico de aquellos animales que no debieran permanecer en el recinto ferial, procediéndose a su expulsión, inmovilización o retirada en caso de muerte.
Queda prohibido el amarre de cualquier tipo de animal a casetas, farolas, árboles, protectores, señales de tráfico, o cualquier otro elemento fijo o movible susceptible de utilización para este uso, debiendo permanecer siempre a la mano de una persona mayor de edad.
Sólo se podrá enganchar ganado caballar y mular, quedando prohibido la utilización de asnos. El número máximo de animales permitidos en un enganche será de tres en fondo (potencia) y un máximo de tres cuerpos en prolongación.
Los caballos de paseo y los enganches, evolucionarán en el recinto ferial, al paso o al trote reunido, prohibiéndose los movimientos al galope.
Los enganches deberán ser guiados por un cochero, y asistido por acompañante, debiendo ser ambos mayores de edad. Cuando se enganchen tres o más caballos siempre deberá llevar acompañante. En caso de permanecer parado, en el enganche deberá quedar el cochero o el ayudante o acompañante en el pescante, con el control de los animales a excepción de los enganches en limonera que podrán ser guiados por un cochero.
Los caballistas menores de edad, deberán ir acompañados de un mayor, y contar con autorización expresa de sus padres o tutores, asumiendo éstos las responsabilidades que de tal hecho pudieran derivarse.
Los caballistas, propietarios, cocheros, ayudantes o acompañantes, deberán montar y guiar respectivamente, cubiertos de acuerdo con las vestimentas que lleven, prestando importancia especial al calzado, que ha de ser el apropiado, estando prohibida la utilización de zapatillas deportivas, o cualquier tipo de calzado inadecuado.
Se prohíbe el alquiler de caballos para el paseo, tanto en el interior del recinto ferial como en las inmediaciones del mismo, siendo sancionados y desalojados inmediatamente del recinto.
Los coches de caballos de servicio público con licencia expedida por el Ayuntamiento de Sevilla, únicos autorizados para ejercer este tipo de actividad dentro de los límites de la Ciudad, se regirán por las mismas normas que los demás enganches, a excepción de lo referente al seguro, tasas, e inspecciones, que se regularán por las normas específicas establecidas para este colectivo, debiendo utilizar los cocheros como vestimenta, su uniforme específico.